La organización Facua-consumidores en acción el denunció ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid en Sideral Music SLpromotor de Fiesta de los Gigantes que se celebrará del jueves 31 de agosto al 2 de septiembre en Alcalá de Henares, según impedir el acceso al local con alimentos y bebidas desde el exterior.
En la denuncia, la organización de consumidores advierte que la actividad principal de la promotora no es la hostelería, sino un evento musical, por lo que la prohibición de acceso con comida y bebida constituye una cláusula abusiva según el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
La asociación ha advertido que se trata de una empresa de este tipo «reincidente» en los últimos años en estas supuestas irregularidades, y que en otras ocasiones ha sido denunciado por estas prácticas que vulneran los derechos de los consumidores.
«La falta de actuaciones enérgicas por parte de las administraciones competentes en materia de consumo no impide que estas imposiciones y abusos contra los intereses de los consumidores sigan caracterizando la celebración de las fiestas», se lee en una nota.
En la red
Según ha comprobado Facua, la organización exhibe esta imposición en el sitio web del evento. «El Organismo Promotor se reserva el derecho de admisión. A los usuarios que (…) ingresen al local con alimentos y bebidas se les negará el acceso o la permanencia en el local o en el estacionamiento”, se lee en la página.
La asociación recordó que, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección del Consumidor de la Comunidad de Madrid, y sus apartados 5 y 8, «constituyen infracciones en materia de normalización técnica, comercial y de prestación de servicios, así como en materia de condiciones o técnicas de venta y suministro de bienes o servicios».
«La inclusión de cláusulas abusivas en las condiciones generales de los contratos y ofertas publicitarias, así como la realización de prácticas no expresamente permitidas por los consumidores que, según la legislación aplicable, resulten abusivas y vulneren sus derechos», añade.
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