Mié. Oct 4th, 2023

El Partido Popular de Alcalá de Henares solicitará en el próximo pleno una propuesta para incluir un simulador en la web del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para que el vecino, con todos sus datos a su alcance, pueda calcular el impuesto sobre el aumento en Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), ampliamente conocido como impuesto de plusvalía municipal.

“Este es un impuesto municipal directo que se genera cuando vendes un inmueble, recibes una casa como herencia, como donación o en otras formas legales. Es un impuesto que grava el incremento de valor experimentado por un terreno de naturaleza urbana, edificable o no, desde su adquisición hasta el momento en que pasa a estar disponible, tales como la venta, la sucesión mortis causa, la transmisión entre vivos o cualquier presupuesto de hecho de una naturaleza jurídica o económica, que da lugar a una obligación tributaria”, recuerda el concejal del PP, Javier Villalvilla.

El Tribunal Constitucional, con sentencia 182/2021, de 26 de octubre de 2021, declaró inconstitucional el sistema de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana («IIVTNU») y la nulidad de algunos preceptos de la Ley Refundida de regulación de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con especial referencia al art. 107 en relación con la determinación de la base imponible del impuesto.

Debido a esta sentencia, el gobierno español tuvo que adoptar una nueva regulación. En este sentido, aprobó el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, con efectos desde el 10 de noviembre de 2021 tras su publicación el día anterior, por el que se disponía un nuevo cálculo del impuesto constitucionalmente válido.

Dejando de lado las consecuencias de esta sentencia en cuanto a las liquidaciones pendientes o anteriores a esa fecha, este nuevo cálculo se viene realizando desde el 10 de noviembre con dos métodos distintos de cuantificación de la base imponible. El primer método se basa en la plusvalía real, en la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición que corresponde al valor catastral del terreno del inmueble. Y el segundo método es el incremento “objetivo” del valor del suelo, en el que se aplica un coeficiente al valor catastral del suelo en función del tiempo de disponibilidad del inmueble. “La decisión de optar por uno u otro corresponde al contribuyente, es decir, al ciudadano, que elegirá el que más le convenga”, explica Villalvilla.

El vecino que se encuentre en la situación de estar sujeto a este impuesto “debe afrontar la liquidación del impuesto y luego verificar las opciones que tiene y qué método le resulta económicamente más ventajoso”.

«Desde el Grupo Popular Municipal del Concejo Municipal, y en la misma línea que hemos llevado hasta ahora en el compromiso y mejora de los servicios municipales en el ámbito de la Hacienda, creemos útil dotar al vecino de las herramientas para la correcta liquidación del impuesto. Y dado que ya existe en otros municipios, entendemos que sería conveniente que, además de la información detallada sobre el impuesto y las novedades sobre el nuevo método de cálculo de la base imponible ya existente en la web del Municipio, una herramienta de simulación de lo que supone para el contribuyente vecino cumplir con esta obligación tributaria, teniendo en cuenta los dos métodos de cálculo que existen para que se le aplique el que más le favorezca”, concluye el concejal del Partido Popular.

Por Eva Martínez Castillo

Eva Martínez Castillo es una periodista española especializada en reportajes de investigación. Ha trabajado para algunos de los principales medios de comunicación españoles, como El País y El Mundo. Martínez Castillo es conocida por sus intrépidos reportajes sobre temas delicados, como la corrupción gubernamental y el narcotráfico. En reconocimiento a su trabajo, ha recibido numerosos premios, entre ellos el Premio Nacional de Periodismo en 2006.